Sección 7 — Estado de Flujos de Efectivo

Resumen explicativo · Clasifica los movimientos de caja en operación, inversión y financiamiento

¿Qué regula esta sección?

La Sección 7 regula cómo se presentan los movimientos de efectivo y equivalentes al efectivo durante el período, clasificados en tres categorías: actividades de operación (las principales generadoras de ingresos), de inversión (adquisición y venta de activos de largo plazo) y de financiamiento (cambios en el tamaño y composición del capital aportado y de los préstamos).

Reconocimiento y medición

Casos aplicados por rubro de la economía

Comercio / Retail

Los pagos a proveedores de mercadería y los cobros a clientes se presentan como actividades de operación, aunque una parte de esas cuentas por cobrar/pagar corresponda técnicamente al cierre del período anterior.

Manufactura

La compra de una nueva línea de maquinaria se presenta como actividad de inversión, por el monto bruto pagado — no se compensa con la venta de maquinaria antigua del mismo período, que se presenta aparte como otro flujo de inversión (entrada de caja).

Construcción

La obtención de un préstamo bancario para financiar una obra, y las cuotas de capital pagadas posteriormente, se presentan como actividades de financiamiento — los intereses pagados se clasifican, según la política elegida, en financiamiento u operación, pero de forma consistente todos los períodos.

Agrícola / Agroindustrial

Adquirir un tractor mediante un leasing financiero, sin desembolso de caja inicial, no aparece en el Estado de Flujos de Efectivo — es una transacción no monetaria que se revela en notas, aunque el tractor sí se reconozca como activo en el balance.

Relación con el Plan Unificado de Cuentas

La Herramienta de Clasificación hoy genera el Estado de Situación Financiera y el Estado de Resultado Integral a partir del balance de comprobación. El Estado de Flujos de Efectivo requiere además el movimiento período a período de cada cuenta (no solo el saldo final), por lo que queda identificado como una extensión futura, junto con el Estado de Cambios en el Patrimonio (Sección 6).

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